Santo Domingo, R.D.- El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país que el jueves 30 de mayo, fecha en la que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
Atendiendo al cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, el Ministerio informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el viernes 31 del mismo mes.
La celebración de estas fechas, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
Sobre Corpus Christi
Corpus Christi (‘cuerpo de Cristo’) o Solemnidad del Cuerpo y la Sangre de Cristo, antes llamada Corpus Domini (‘cuerpo del Señor’), es una fiesta de la Iglesia católica destinada a celebrar la Eucaristía.
Su principal finalidad es proclamar y aumentar la fe de los creyentes en la presencia real de Jesucristo en el Santísimo Sacramento, dándole públicamente el culto de adoración (latría) el jueves posterior a la solemnidad de la Santísima Trinidad, que a su vez tiene lugar el domingo siguiente a Pentecostés (es decir, el Corpus Christi se celebra 60 días después del Domingo de Resurrección).
Específicamente, el Corpus Christi es el jueves que sigue al noveno domingo después de la primera luna llena de primavera del hemisferio norte. En algunos países esta fiesta ha sido trasladada al domingo siguiente para adaptarse al calendario laboral.

