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Quevedo Informativo > Blog > Judiciales > Bajo Escrutinio: Justicia a la propiedad privada
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Bajo Escrutinio: Justicia a la propiedad privada

Redacción Quevedo Informativo
Last updated: 14 de diciembre de 2024 9:16 AM
Redacción Quevedo Informativo - Redacción Quevedo Informativo
Published 14 de diciembre de 2024
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4 Min Read
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COLABORACIÓN

Por Rolando Hernández

El derecho a la propiedad es garantizado por la Constitución de la República Dominicana que lo establece como un derecho civil y económico. La Carta Magna en su artículo Número 51 indica que: “El Estado reconoce y garantiza el derecho de propiedad. La propiedad tiene una función social que implica obligaciones. Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes”.

También la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario en la República Dominicana, que específica que todo derecho registrado de conformidad con esa ley es imprescriptible y goza de la protección y garantía absoluta del Estado, el cual otorga garantías a la propiedad inmobiliaria titulada y protege los propietarios de los inmuebles que han sido invadidos por terceros de manera irregular.

Así como la Ley Número 5869-62 que penaliza la invasión a la propiedad de todas aquellas personas que incurran en violar la propiedad privada.

En su artículo primero, la ley establece que: “Toda persona que se introduzca en una propiedad inmobiliaria urbana o rural, sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario, será castigada con la pena de tres meses a dos años de prisión correccional y multa de diez a quinientos pesos”.

Pero lo cierto es que esta ley ha sido poco efectiva ante la realidad que se vive en la práctica en la nación dominicana donde a un es común la invasión a la propiedad privada.

Esa invasión de la propiedad privada se extiende y afecta a los dominicanos que residen en el exterior quienes en ocasiones han tenido que lidiar por años en los tribunales de justicia en la recuperación de sus propiedades que fueron invadidas por personas desaprensivas.

La debilidad de esta ley es que no establece una sanción razonable a las personas que ocasionan la acción de invadir la propiedad privada e inclusive mediante actos fraudulentos titular esa propiedad a su nombre.

Debido a la presente situación, en el nuevo código penal se ha contemplado modificar la Ley Número 5869-62 sobre la Invasión a la Propiedad Privada y despojo ilegal de propiedades, invasión, ocupación de propiedades públicas y privadas para despojar a sus verdaderos dueños y de ampliar las sanciones a un máximo de doce años de prisión y al pago con multas de 100 a 150 salarios mínimos que es de 14 mil 161 pesos dominicanos al mes (unos 240 dólares).

Los cambios de ser establecidos contribuirán a consolidar el derecho a la propiedad e instaurar de una vez y para siempre el respeto a la propiedad privada que merece ser protegida por el sistema de justicia para todos los dominicanos y extranjeros que residen en la República Dominicana.

El autor es un periodista, educador y escritor dominicano, que reside en el Estado de Nueva Jersey. Puede ser contactado en rhernandez5@hotmail.com

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