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Ley 75-25, el municipalismo en apuro y el deber de cumplir mientras se corrige

Redacción Quevedo Informativo
Last updated: 29 de diciembre de 2025 9:28 AM
Redacción Quevedo Informativo - Redacción Quevedo Informativo
Published 29 de diciembre de 2025
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4 Min Read
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Por Alex Dominguez alexdminguez@gmail.com

La Ley núm. 75-25, al modificar el artículo 21 de la Ley 176-07, ha colocado a los gobiernos locales en una situación de apuro real, limita la distribución del gasto municipal con topes y porcentajes que, en la práctica, estrechan el margen de maniobra para operar con eficiencia.

Y el problema no es teórico. Se siente donde más duele, en los servicios esenciales que la gente reclama todos los días, especialmente el manejo de los residuos sólidos. Recolección, combustible, mantenimiento de camiones, pago de personal operativo, compra de piezas, rutas, disposición final, imprevistos, todo eso exige capacidad de respuesta. Pero cuando el marco de gasto se vuelve más rígido, la alcaldía queda amarrada, si cumple, se asfixia, si se pasa, se expone.

Por eso, como municipalista, yo lo digo claro esta modificación mutila la capacidad de gestión de los alcaldes y alcaldesas que ya venían batallando con presupuestos limitados y demandas crecientes. No porque sea malo ordenar el gasto, sino porque una ley que no mira la realidad del territorio termina convirtiéndose en una camisa de fuerza.

En ese contexto, es justo y necesario levantar la voz, esperamos que los legisladores presten atención a Federación Dominicana De Municipios (FEDOMU), y a la Liga Municipal Dominicana, (LMD), porque el municipalismo organizado es quien conoce el terreno, quien ejecuta, quien recibe el reclamo del ciudadano y quien carga el costo político cuando el camión no pasa. Incluso se intentó impulsar una salida razonable con una propuesta de 75% para gastos corrientes y 25% para capital, pero no prosperó antes del cierre legislativo.

Ese tema debe volver a la mesa, con seriedad y con visión de país.
Ahora bien, mientras esa revisión llega, porque la esperamos y la reclamamos, hay una verdad institucional que no se negocia, la ley vigente se cumple. La recomendación es aprobar los presupuestos municipales ajustados estrictamente a los porcentajes establecidos, y hacerlo reduce riesgos de observaciones y cuestionamientos de control.

¿Y qué implica eso hoy?

Implica que los ayuntamientos y juntas de distrito deben manejarse dentro de estos límites: hasta 30% en personal, hasta 40% en funcionamiento y mantenimiento de servicios, hasta 5% en programas educativos, de género y salud, y al menos 25% en inversión/obras, observando el presupuesto participativo. Y que esos porcentajes no deben sobrepasarse, salvo emergencias y desastres.

Aquí es donde está el gran reto, si el manejo de residuos sólidos cae principalmente en la franja de funcionamiento y mantenimiento, entonces el municipio está obligado a hacer algo que no admite romanticismo: priorizar, reordenar, eficientizar y documentar cada decisión, para sostener el servicio sin salirse del marco. Y sí, eso significa apretarse, pero también significa administrar con disciplina, porque la credibilidad institucional del ayuntamiento se juega en el cumplimiento.

Mi posición es firme y equilibrada. Que se revise la Ley 75-25 escuchando a FEDOMU y a la LMD, porque el municipalismo necesita normas realistas para servir mejor.

Y mientras se revisa, que se cumpla como está, para no debilitar la institucionalidad ni dar excusas a quienes siempre quieren señalar a los gobiernos locales. El pueblo no vive de debates, vive de servicios. Y el servicio de residuos sólidos no puede detenerse.

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