Es importante saber que la Ley 42-01 y la Ley 176-07 no son dos caminos paralelos. Son dos carriles de la misma via, y solo funcionan cuando avanzan al mismo ritmo.
Por Alex Dominguez
alexdminguez@gmail.com
Verlo como un enfoque municipalista orientada a fortalecer la coordinacion entre salud y los gobiernos locales, a partir de las competencias y responsabilidades reconocidas por las leyes vigentes.
Debemos saber que la gestion municipal no ocurre en el vacio. Ocurre en el barrio, en la calle, en las esquinas, en los parques, en el mercado y en el patio de la escuela. Y en ese mismo espacio donde el gobierno local organiza servicios y regula el entorno, tambien incide el sistema de salud.
La pregunta central, entonces, es si ambos actores estan realmente coordinados, o si continúan actuando en paralelo, perdiendo oportunidades de prevencion y respuesta oportuna.
Desde una mirada municipalista, la Ley No. 42-01 General de Salud y la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios comparten una idea esencial, la salud comunitaria no puede depender de una sola institucion.
Ambas normas empujan un modelo de trabajo articulado, en el que el sector salud y los gobiernos locales se complementan para producir resultados reales.
Este articulo de opinion propone, precisamente, retomar ese mandato de coordinacion como condicion para el exito de las politicas publicas en el territorio.
Dos leyes, un mismo objetivo
La Ley 42-01 construye el sistema nacional de salud como una red. No como una piramide con el Ministerio en la cima y todos los demas abajo, sino como un tejido de actores que comparten responsabilidades segun su ambito de accion.
En ese tejido, los municipios tienen un lugar especifico y un rol que no puede ser cubierto por ninguna otra entidad, el de gestor del entorno inmediato donde vive la gente.
La Ley 176-07, por su parte, atribuye a los ayuntamientos competencias directas sobre el saneamiento ambiental, la recoleccion de residuos, el control de mercados y mataderos, y la regulacion de actividades que puedan afectar la salud de los vecinos.
Estas no son competencias menores ni secundarias. Son, en muchos casos, las condiciones de base sobre las que descansa o se derrumba la salud de una comunidad entera.
Lo que pasa cuando no nos coordinamos
He visto de cerca lo que ocurre cuando el sector salud y el municipio no trabajan coordinados.
Las campañas de fumigacion llegan a un barrio mientras la basura sigue acumulada en el mismo punto de siempre, creando nuevos criaderos antes de que el efecto del tratamiento desaparezca.
Las jornadas de salud se organizan sin que el ayuntamiento este involucrado en la logistica del espacio o la convocatoria comunitaria. Los mercados municipales operan sin inspeccion sanitaria regular porque nadie definio con claridad quien tiene esa responsabilidad.
El resultado de esa descoordinacion no es solo ineficiencia institucional. El resultado son comunidades mas enfermas, recursos publicos desperdiciados y ciudadanos que pierden la confianza en las instituciones que deberian protegerlos. Ambas leyes existen precisamente para evitar ese escenario. Pero las leyes no se aplican solas.
El municipio como socio estrategico de la salud
Cuando hablo de que los ayuntamientos deben estar vinculados al sistema de salud, no me refiero a que deban asumir funciones que no les corresponden. Me refiero a algo mas preciso y mas poderoso, que ejerzan plenamente las que si les corresponden, en permanente dialogo con las autoridades sanitarias.
Un ayuntamiento que gestiona bien sus residuos solidos esta previniendo enfermedades. Un municipio que mantiene sus canales limpios esta reduciendo el riesgo de dengue y leptospirosis. Un cabildo que fiscaliza sus mercados y mataderos esta protegiendo la seguridad alimentaria de su poblacion. Ninguna de esas acciones requiere invadir el espacio del Ministerio de Salud. Todas ellas lo complementan y lo fortalecen.
Una propuesta concreta para trabajar mancomunado
Una medida simple, pero transformadora, seria que cada municipio establezca una mesa permanente de coordinacion con las Unidades de Atencion Primaria (UNAP) y la Direccion Provincial de Salud de su territorio. No una reunion ocasional, sino un espacio institucionalizado donde salud y municipio planifiquen juntos, compartan informacion y respondan coordinadamente a los problemas sanitarios de la comunidad.
Esa mesa no requiere una ley nueva. La Ley 42-01 y la Ley 176-07 ya la habilitan. Solo requiere voluntad politica y la conviccion de que el trabajo mancomunado entre instituciones no es una cortesia: es la unica manera de que las politicas publicas lleguen realmente a quienes mas las necesitan.
En definitiva la salud publica es demasiado importante para dejársela solo a un sector. Y los municipios no cuentan con los recursos necesarios. Cuando ambos trabajan juntos, con claridad sobre sus roles y respeto mutuo por sus competencias, la comunidad siempre gana.
Como cada lunes, desaprender para aprender. Porque una comunidad sana se construye con instituciones coordinadas, servicios municipales fuertes y prevencion sostenida en el territorio.

