La Romana, R.D.- Se fijó para el próximo jueves 23 del presente mes de marzo a las 9:00 a.m., la audiencia contra el Concejo de Regidores del Ayuntamiento de La Romana vía la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, en atención a la solicitud hecha por la entidad Rescate Democrático.
Rescate Democrático entregó el pasado 15 de este mes un acto de notificación respecto a la sentencia de la Suprema Corte, en virtud de que los Concejales habían expresado desconocimiento de la misma, y además se les comunicó el proceso penal que está en la corte de apelación de San Pedro de Macorís.
Ese documento fue entregado en horas matutinas de la fecha mencionada, en el Ayuntamiento Municipal de La Romana por el ministerial Rafael Enmanuel Almeida Pringle y recibido por la secretaria del cabildo Rita Piccirilo y en ese orden por Yudania Guerero, secretaria del Concejo de Regidores de la Alcaldía romanense.
La cita emitido por la corte, fue comisionada a Henrry De Jesús Esteban, alguacil de estrados de la misma por la Jueza Karuchy Sotero Cabral, para que éste a su vez, proceda a notificar a los citados.
Rescate Democrático, que posee sede en Santo Domingo, es presidida por el Dr. Roque Espaillat Tavárez y representada jurídicamente por el Lic. Yan Carlos Segura Martínez y que trabaja bajo el lema de sanear la justicia, adecentar la política y recuperar lo robado, advirtió que de no actuar en consecuencia, procederán a querellarse penalmente contra los ediles, por éstos estar incurriendo en los delitos de prevaricación y coalición de funcionarios, los cuales conllevan penas de hasta 5 años de prisión.
La institución había intimado y puesto en mora al Concejo de Regidores del Ayuntamiento de La Romana, para que de inmediato procedieran a destituir al alcalde y de no obtemperar, se les interpondría un Recurso Constitucional de Amparo de cumplimiento, para que sea un Juez de Amparo que ordene a los ediles destituir al alcalde Juan Antonio Adames Bautista «Tony».
Rescate Democrático apoderó a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Romana, para que declare de extrema urgencia el procedimiento de amparo de cumplimiento, a los fines de obligar por la vía judicial, a los regidores a dar cumplimiento con los artículos 43 y 44 de la ley 176-07 a los fines de ejecutar la destitución del Alcalde y en su lugar, según contempla la ley, nombrar a la Vice Alcaldesa.