La audiencia de juicio de fondo será conocida por la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís.
El caso en contra del destituido funcionario, el cual ostenta más de 200 reenvíos, lleva en los tribunales un extenso lapso de 10 años.
Redacción Quevedo Informativo.- Este jueves la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, conocerá la audiencia de juicio de fondo que se le sigue al destituido alcalde Juan Antonio Adames Bautista «Tony«, acusado de corrupción al frente del Ayuntamiento Municipal de La Romana, en un caso de desfalco de RD$200 millones de pesos al Estado.
Adames Bautista generó titulares hace 48 horas cuando la Suprema Corte de Justicia ordenara al Juez del Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, su inmediata puesta en libertad del Centro de Corrección y Rehabilitación Cucama, CCR-15,
tras ser condenado y apresado por no haber honrado el pago de cuatro millones 50 mil pesos al escultor Luis Castillo, contratado para construir estatuas de béisbol para éstas ser colocadas en el parque central Juan Pablo Duarte de La Romana.
Tony Adames resultó favorecido con libertad condicional y se fijó para el 15 de este mes, el conocimiento de un recurso interpuesto por sus abogados para la anulación de la sentencia de dos años en su contra y que cumplía desde el mes de marzo.
El caso de La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís de este jueves, el cual lleva una década sin sentencia emitida y más de 200 reenvíos, se reanuda hoy tras la audiencia previa del siete de septiembre haber sido pospuesta bajo el argumento vía sus representantes legales, de que Adames Bautista sería sometido a una cirugía vesícula.
La popular figura está acusada por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa de desfalcar al Estado por RD$200 millones de pesos, en su gestión de alcalde de La Romana en el cuatrienio 2010-2016.
Ese expediente acusatorio contra el político, cuyo número es el 334-2022-EPEN-00896, fue sustentado en violaciones a los artículos 123, 145, 150, 151, 166, 265, 266, del Código Penal Dominicano e instrumentado en el 2013.
Se recuerda que por este caso, se le dictó prisión domiciliaria como medida de coerción. No obstante, el cinco de septiembre de 2017, le fue variada la medida de coerción a presentación periódica e impedimento de salida del país.

