Redacción Quevedo Informativo.- El Ayuntamiento Municipal de La Romana está en la mirilla pública a raíz de un punto en agenda contenido en el marco de una sesión extraordinaria a celebrarse este jueves.
El tema gira en torno a la alegada deuda existente por unos RD$50 millones de pesos con la empresa recolectora de desechos sólidos Aseos Municipales, empresa ésa que le fue terminado el contrato por incumplimiento del mismo respecto a las 16 unidades requeridas y sólo contaban con 8 para las operaciones.
En ese contexto, la citada empresa nunca logró probar ni a la alcaldía ni tampoco ante un tribunal competente la existencia del mencionado monto más arriba.
Los artículos 334, 335 y 336 de la Ley 176-07 del Distrito Municipal y los Municipios, detalla cómo son los compromisos establecidos para los pagos de deudas y en el caso de la especie, el conocimiento en el día de hoy de ese caso contrapone lo establecido por ley en el entendido de que la referida deuda debe estar en el presupuesto de este año, el cual no se ha conocido.
Caso de Compañía Green Punta Cana
En primera sesión ordinaria celebrada en enero de 2023, el Concejo de Regidores de La Romana, se leyó la carta de Compañía Green Punta Cana sobre renuncia o rescindir el contrato de recogida de la basura, efectivo a 90 días, acorde con cláusula del mismo contrato.
Dicho retiro de la compañía Green Punta Cana sucedió en momentos en que varios regidores expresaron inconformidad con la calidad del servicio de la recogida de la basura en las calles de La Romana.
Regidores contemplaron pasos a seguir en lo adelante, conforme a la ley 340 sobre compra y contrataciones, y la ley 176-07 de asuntos municipales, para garantizar la limpieza de la ciudad.
Sobre la Ley Nº 176-07 – Ley del Distrito Nacional y los Municipios
La presente ley tiene por objeto, normar la organización, competencia, funciones y recursos de los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional, asegurandoles que puedan ejercer, dentro del marco de la autonomia que los caracteriza, las competencias, atribuciones y los servicios que les son inherentes; promover el desarrollo y la integraciὀn de su territorio, el mejoramiento sociocultural de sus habitantes y la participaciὀn efectiva de las comunidades en el manejo de los asuntos publicos locales, a los fines de obtener como resultado mejorar la calidad de vida, preservando el medio ambiente, los patrimonios histὀricos y culturales, así como la protecciὀn de los espacios de dominio publico.
El ayuntamiento constituye la entidad politica administrativa basica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía politica, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y utiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constituciὀn y las leyes lo determinen.

